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VISAS DE NO INMIGRANTE
La Sección Consular de la Embajada de los Estados Unidos en la Ciudad de Guatemala es responsable de proporcionar servicios de visas a aquellos que buscan ingresar a los Estados Unidos por un período temporal y para aquellos que desean tener una residencia indefinida o permanente en los Estados Unidos. Por favor visite el sitio web de nuestro socio de Estrategia de Soporte Global (GSS, por sus siglas en inglés) para obtener información completa sobre la solicitud de una visa de no inmigrante en los Estados Unidos, incluyendo un directorio de categorías de visa de no inmigrante . Los solicitantes que necesiten pagar una tarifa de reciprocidad en la Embajada de los Estados Unidos en la Ciudad de Guatemala pueden hacerlo mediante efectivo en dólares estadounidenses, quetzales guatemaltecos, o una tarjeta de crédito o de débito.
El Departamento de Estado publicó una resolución final con respecto a los aumentos en ciertas tarifas de procesamiento de solicitudes de visa de no inmigrante (NIV) y la tarjeta de cruce fronterizo (BCC) para ciudadanos mexicanos mayores de 15 años. Estos aumentos fueron publicados en el Registro Federal el 28 de marzo y entrarán en vigor el 17 de junio del 2023.
La Embajada de los Estados Unidos en Guatemala aclara que los solicitantes de visas que paguen la tarifa de procesamiento de solicitud de visa tienen 365 días desde el pago para hacer la cita independientemente de cuándo se realizó el pago. Esto aplica igual para todos los pagos realizados antes del 17 de junio próximo.
La tarifa de las visas de visitante por negocios o turismo (B1/B2), BCC y otras de NIV que no se basan en peticiones, como visas de estudiante y visas de visitante de intercambio, aumentará de $160 a $185.
La tarifa para ciertas visas de no inmigrante basadas en peticiones para trabajadores temporales (categorías H, L, O, P, Q y R) aumentará de $190 a $205. Hay otras tarifas consulares que no serán afectadas.
VISAS DE NO INMIGRANTE
La Sección Consular de la Embajada de los Estados Unidos en la Ciudad de Guatemala es responsable de proporcionar servicios de visas a aquellos que buscan ingresar a los Estados Unidos por un período temporal .
Por favor visite nuestro sitio web de Servicios de Soporte Global (GSS) para obtener información completa sobre la solicitud de una visa de no inmigrante en los Estados Unidos, incluyendo un directorio de categorías de visa de no inmigrante.
VISAS DE INMIGRANTE
Todas las citas de la unidad de visas de inmigrantes son programadas por el Centro Nacional de Visas. Para ponerse en contacto con el Centro Nacional de Visas, vaya aquí. Visite este sitio web para conocer los pasos a seguir antes de su entrevista para la visa de inmigrante
VISAS DE NO INMIGRANTE
Para resolver dudas sobre su caso específico, o para preguntas generales sobre el proceso de solicitar visas de no inmigrante, por favor visite https://ustraveldocs.com/gt_es/gt-main-contactus.asp .
VISAS DE INMIGRANTE
Un residente permanente (llamado residente permanente legal o LPR por sus siglas en inglés) o un residente condicional (CR por sus siglas en inglés) que ha estado fuera de los Estados Unidos por más de un año, o fuera del período de validez de un Permiso de Reingreso, necesitará una nueva visa de residente para ingresar a los Estados Unidos y volver a recuperar sue status como residente permanente. Existe una disposición bajo la ley de visas de los Estados Unidos para la emisión de una visa de inmigrante especial de Residente que Regresa (SB1) para un residente permanente que estuvo fuera de los Estados Unidos debido a circunstancias fuera de su control. Si usted es un Residente Permanente Legal que no pudo regresar a los Estados Unidos dentro del período válido para viajar (de un año) con la tarjeta de residencia (tarjeta verde) o la validez del Permiso de Reingreso (2 años), usted puede ser elegible y solicitar una visa de inmigrante de Residente que Regresa (SB1).
Si su solicitud para el estatus de Residente que Regresa es aprobada, esto elimina el requerimiento que una petición de visa de inmigrante sea ingresada a su nombre con el Departamento de Seguridad Nacional, Servicio de Inmigración y Naturalización de los Estados Unidos. Usted necesitará ser entrevistado por su solicitud de Residente que Regresa (SB1) y, si fuera aprobado, será nuevamente entrevistado para una visa de inmigrante. Un solicitante de SB1 requiere establecer elegibilidad para una visa de inmigrante y tener exámenes médicos. Por consiguiente, esto implica pagar ambas tarifas, la del proceso de la visa y la de los exámenes médicos.
Para hacer una solicitud de Residente que Regresa (SB1), por favor envíe un correo a guatemalaiv@state.gov .
Para más información acerca de Residentes que Regresa – SB1 (disponible únicamente en inglés) visite https://travel.state.gov/content/visas/en/immigrate/returning-residents.html
Pérdida, robo o destrucción de la Tarjeta de Residencia Permanente o Permiso de Reingreso
Si usted es un residente legal permanente o un residente legal permanente condicional, y desea solicitar un documento de viaje que le permita abordar una línea aérea u otro medio de transporte sin que los anteriores sean penalizados, por favor ingrese a esta página web: https://www.uscis.gov/es/i-131a
La Forma 131A le permite a usted solicitar un documento de viaje si usted:
Una vez usted haya llenado la forma, recolectado los documentos requeridos y hecho su pago correspondiente, por favor envíe un correo electrónico con el Asunto: I-131A appointment request” a la siguiente dirección GuatemalaIV@state.gov para hacer una cita.
Diversity Visas: https://travel.state.gov/content/travel/en/us-visas/immigrate/diversity-visa-program-entry/diversity-visa-submit-entry1.html
Por razones de seguridad y debido a limitaciones de capacidad, la Sección Consular no permite que acompañantes (como amigos, familiares, representantes legales o contactos comerciales) ingresen a las instalaciones de la sección consular o asistan a entrevistas de visa, con excepción de los padres o tutores legales que acompañan a menores, personas de la tercera edad o con necesidades especiales e intérpretes de idiomas distintos al español. Para las solicitudes de visa de inmigrante, el peticionario puede acompañar al solicitante. Se admitirán animales de escolta entrenados que ayuden a los solicitantes con discapacidades. No hay áreas públicas de espera dentro del perímetro de la embajada, por lo que solo se permitirá el ingreso de personas con cita previa. Si no tiene una cita, le pedimos que permanezca en su casa para su comodidad.
Todos los visitantes deben pasar con sus pertenencias por un control de seguridad antes de ingresar a la Embajada.
Antes de ingresar a seguridad, por favor quítese los cinchos, abrigos, suéteres y cualquier objeto que tenga dentro de sus bolsillos. Por favor ponga todos estos artículos en la bandeja que le proporcione seguridad y colóquela sobre la faja para ser escaneada con los rayos-x.
Los siguientes artículos son prohibidos dentro del edificio:
En la Embajada no hay un lugar para almacenar los artículos prohibidos. Usted debe hacer los arreglos necesarios para guardar estos artículos en otro lugar antes de ingresar. Por motivos de seguridad, en la Embajada no hay ventanilla de información para visitantes sin cita.
Si necesita una adaptación razonable para su cita, le animamos a que solicite su adaptación inmediatamente una vez que programe su cita. Hacemos todo lo posible para proporcionar adaptaciones a las personas con discapacidades y condiciones médicas. Las adaptaciones razonables varían según la situación y las necesidades de la persona.
Los ejemplos de adaptaciones incluyen, pero no se limitan a:
Las exenciones de entrevista solo se otorgan en situaciones extremas, como tener una condición médica que requiere volar en una ambulancia aérea.
Por Favor Llame al: 2326-4000
Llamadas desde el Exterior: +502 2326-4000
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